La reforma del Código Penal de 2010 introduce la responsabilidad penal de la persona jurídica respecto de los delitos que pudiera cometer un integrante de la organización en su nombre o por su cuenta, en su beneficio directo o indirecto. Con la posterior reforma de 2015 la empresa puede eximirse o atenuar su responsabilidad respecto de estos delitos siempre y cuando pueda acreditar que ha implantado un programa de prevención de delitos eficaz. Los consejeros, altos cargos y directivos de una organización deben ser lo máximos impulsores del cumplimiento. Consulta objetivos, modalidad y contendidos de este curso de compliance online en nuestro programa, que puedes descargarte aquí.