AIPI CANAL DE DENUNCIAS EXTERNO
Canal de denuncias externo
January 2, 2026

¡En caso de que en una organización, el canal de denuncias interno no sea efectivo, puedes dirigirte al canal de la Autoridad Independiente de Protección del Informante!

De acuerdo al Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, a Autoridad Independiente de Protección del Informante, tiene como objetivo garantizar la protección de la persona informante, servir de pilar institucional en la prevención y la lucha contra el fraude y la corrupción, y en la garantía de la integridad de las administraciones y del personal al servicio del sector público.

Para esto, la Autoridad Independiente de Protección del Informante, tiene encomendada la tramitación de las informaciones y comunicaciones que se reciban a través del canal externo regulado en el título III de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, en su ámbito de competencias y ajustándose al procedimiento previsto para ello. El procedimiento de gestión de informaciones se publicará y se revisará cada tres años, publicándose asimismo dichas modificaciones.

Además tiene la función de adopción, en su caso, de todas aquellas medidas de protección y apoyo a la persona informante previstas en su ámbito de competencias, de acuerdo con el título VII de la Ley 2/2023, de 20 de febrero así como el inicio, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores e imposición de sanciones por las infracciones previstas en el título IX de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, en su ámbito de competencias.

Ya puedes acceder al canal en la siguiente dirección: https://whistleblowersoftware.com/secure/canal_externo_de_denuncias_AINPI

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